CÁRTEL DE COCHES
¿Qué es el cártel de coches?

Si compraste un coche entre 2006 y 2013 puedes recuperar hasta el 12% del precio que pagaste por él. Llámanos y te decimos cómo hacerlo.
- ¿Qué es el cártel de coches?
El Tribunal Supremo está ratificando las multas que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso en 2015 a más de 20 marcas de coches por haber creado un cártel. Fueron acusados de haber intercambiado información confidencial para controlar el mercado de la distribución y venta, lo que iba en contra de la competencia, ya que los fabricantes implicados suponen un 90% de la cuota del mercado del motor.
- ¿A quién afecta el cártel de coches?
A quienes adquirieran un vehículo ya sea por compra, leasing o renting entre los años 2006 y 2013, de cualquiera de las marcas que forman el cártel. No solo afecta a particulares sino a autónomos y empresas también. Si compraste el coche en estas fechas puedes reclamar aunque lo hayas vendido posteriormente.
- Marcas que forman el cártel de coches. Los fabricantes afectados son los siguientes:
Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, General Motors, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Land Rover, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Saab, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo, Dacia, Mini, Smart.
- ¿Qué se puede reclamar?
Se reclama el sobrecoste sufrido por cada comprador, cuyo resarcimiento se reclama en demanda judicial que debe ir acompañada de un indispensable informe pericial, que cuantificará el sobrecoste sufrido y por tanto la indemnización a reclamar. Esta demanda ha de presentarse en el Juzgado e lo Mercantil.
Aunque el sobrecoste depende del vehículo y el modelo comprado, se estima que las indemnizaciones pueden alcanzar entre un 10% y un 12% del precio del vehículo adquirido.
El plazo de prescripción es de un año según lo previsto en el artículo 1.968 del Código Civil, que comenzó a contar desde la sentencia del Tribunal Supremo. Este plazo es susceptible de ser interrumpido, así que el tiempo para iniciar la reclamación es clave.
- Documentación necesaria. Para iniciar la reclamación y pedir la indemnización que te corresponde has de aportar la siguiente documentación:
– Contrato de adquisición del vehículo con el concesionario/distribuidora (leasing, renting, compra-venta)
– Factura de adquisición del vehículo (si se compró) o justificante de pago (transferencia bancaria) o póliza suscrita con la entidad financiera en caso de leasing o contrato de renting.
– Ficha técnica del vehículo o Permiso de circulación del vehículo.
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