DERECHO BANCARIO

EXPERTOS EN DERECHO BANCARIO

¿Como reclamar IRPH?

El IRPH o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, junto al Euribor, es uno de los tipos de interés más utilizados a nivel nacional.

Las hipotecas con este índice, tienen un tipo de interés muy elevado. Este se obtiene haciendo una media de los intereses aplicados por cajas y bancos. Este índice acarrea una gran falta de transparencia por parte de los bancos. La causa, tras ser rechazada por el Tribunal Supremo, fue llevada a Europa por considerarse un índice abusivo.

Es por ello que podremos Reclamar el IRPH y solicitar su nulidad por falta de transparencia.

 Las cantidades que puede recuperar el consumidor son muy elevadas y oscilan entre 10.000 euros y 70.000 euros.

Más de un millón de personas tienen en su hipoteca el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), oficialmente denominado tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre. Se trata de la media aritmética simple de los tipos de interés medios ponderados por el saldo de las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria a plazo igual o superior a tres años, para adquisición de vivienda libre, que hayan sido iniciadas o renovadas durante el mes al que se refieren los índices.

 Este índice, aparte de ser más elevado que el euribor, es mucho más manipulable por parte de los bancos.

 La sentencia del Tribunal Europeo Cada vez más cerca, todas las fases hasta ahora se han ido resolviendo a favor de los consumidores, por lo que tenemos muchos motivos para pensar que la sentencia será estimatoria. Queda esperar a que se produzca el fallo que prevemos en los primeros meses de 2020.

 ACCIONES DEL BANCO POPULAR

 El 6 de junio de 2017 el Banco Central Europeo comunicó la inviabilidad del Banco Popular por considerar que la entidad no podía hacer frente al pago de sus deudas. El instrumento de resolución era la venta del negocio.

El Banco Popular inició un proceso de venta sin éxito, a pesar de que hubo varias entidades interesadas. El único que presentó la oferta cumpliendo los requisitos a los efectos del FROB fue el Santander.

 ANTECEDENTES.

26/05/2016. Ampliación de Capital: El Banco Popular realizó ampliación de capital por importe de 2.505 millones de euros.

3/04/2017. El Banco Popular publicó un hecho relevante reconociendo incorrecciones contables del ejercicio 2016. El banco y la auditora manifestaron que no tenía impacto significativo como para justificar una reformulación de cuentas.

7/06/2017. Resolución del FROB liquidando Banco Popular, venta a Banco Santander por un 1 euro y accionistas y bonistas pierden toda su inversión.

13/09/2017. Banco Santander lanza los llamados bonos de fidelización para compensar a los afectados, una compensación insuficiente y que obliga a renunciar a cualquier acción legal contra el banco.

18/03/2018. Primera sentencia en la que un Juzgado de Primera Instancia nº11 de Oviedo anula la compra de unas acciones en la ampliación de capital y otras tres posteriores.

08/03/2019. Primera sentencia en la que el Juzgado de Primera Instancia nº4 de Fuenlabrada falla a favor de un cliente de Arriaga Asociados. Anula la compra de unas acciones obligando a devolver al cliente toda la inversión más los intereses además de las costas.

Afectados

Podrán reclamar los minoristas (personas físicas o jurídicas) independientemente de la cantidad invertida, que compraron las acciones en la ampliación del 26/05/2016 o con posterioridad, pero dentro del periodo en que no se conocían los graves graves de solvencia del banco.

 En concreto son:

 Accionistas de la ampliación de 26/05/2016 o posterior pero antes de 10/04/2017 (cuando se conoció el problema de solvencia). Compradas en Banco Popular o en otras entidades bancarias.

Accionistas que compraron acciones desde el 5/12/2012 hasta la ampliación de capital 25/06/2016. Compradas en Banco Popular o en otras entidades bancarias.

Titulares de bonos, preferentes y/o deuda subordinada que se convirtiera en acciones.

 Siempre y cuando no aceptaran el bono de fidelización que el Banco Santander les ofrecía como compensación, que obligaba a renunciar a emprender acciones legales contra la entidad.

 ¿Por qué se puede reclamar?

Porque los accionistas compraron el producto bajo una apariencia de solvencia y saneamiento en sus cuentas que no se correspondía con la realidad. Nada podía hacer pensar que el Banco Popular fuera a ser “intervenido” en menos de un año. La sentencia del Juzgado nº11 de Primera Instancia de Oviedo incide en que de no ser por la información “falseada” de la oferta pública, el minorista no habría invertido sus ahorros.

 CLÁUSULAS SUELO

 ¿Qué es una clausula suelo?

La mayoría de hipotecas en España están referenciadas al euríbor. Se trata de una tasa de intereses que se calculan a nivel europeo y que fluctúa constantemente. Los bancos, cuando conceden un crédito, por regla general, exigen en la devolución el pago de ese euríbor más un diferencial. Un préstamo a euríbor+1 significa que tiene los intereses del euríbor y un punto extra. Esos intereses se revisan cada año, en los que se actualiza (y con ello la letra mensual a pagar) según la cotización del euríbor.

La cuestión es que, ante la fluctuación constante del euríbor, en muchas hipotecas se incluyen cláusulas de suelo y techo. Significaba que el banco incluía en los contratos unos topes máximos sobre los que los intereses no crecerían aunque el euríbor subiera por encima (techo) y unos topes bajo los que los intereses nunca podrían reducirse (suelo).

 ¿Qué tengo que hacer para recuperar todo lo pagado de más?

Es imprescindible contar con asesoramiento profesional, ya que los bancos no están obligados a devolver el dinero. El cálculo de la cantidad a devolver es complejo ya que la demanda interpuesta incluye:

 La nulidad de la Cláusula Suelo.

Cálculo y devolución de cantidades pagadas de más desde la firma.

Nuevo cálculo del cuadro de amortización y actualización de cantidades pendientes desde la firma

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